diciembre 9, 2024
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La ley de Irene Montero del ‘solo sí es sí’ ayuda a los inmigrantes ilegales a evitar ser expulsados de España

Si una mujer inmigrante en situación ilegal denuncia haber sido víctima de algún delito contemplado en la Ley del Sólo sí es sí, puede frenar de forma automática, cualquier expediente sancionador con resultado de expulsión de España que pese sobre ella. Y si no lo tuviera, le abre la puerta a regularizar su situación en España.

La ley «Solo sí es sí», impulsada por la ministra de igualdad Irene Montero, sigue generando mucha polémica, ya que presenta agujeros en cuestiones de extranjería.

Si una mujer inmigrante en situación ilegal denuncia haber sido víctima de algún delito contemplado en la Ley del Sólo sí es sí, puede frenar de forma automática, cualquier expediente sancionador con resultado de expulsión de España que pese sobre ella. Y si no lo tuviera, le abre la puerta a regularizar su situación en España.

  Preocupaciones por las posibles denuncias falsas

Agentes Policiales dedicados a temas de extranjería, no descartan que este método se convierta en una vía para obtener papeles, trabajo y ayudas económicas, la ley de Irene Montero abre la puerta a utilizar este metodo. Recuerdan que, a diferencia de los delitos de maltrato, en estos casos el proceso penal quedaría sobreseído si no se puede localizar o identificar al autor, y que la tipología de delitos es tan amplia que hasta el presunto acoso de un desconocido podría entrar en la norma.

Antes de la Ley «Solo sí es sí», existía la Ley Orgánica 4/2000, modificada en 2011 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Dicha ley contemplaba la posibilidad de que una mujer extranjera con un procedimiento de expulsión por encontrarse en situación irregular pudiese obtener una especie de salvoconducto temporal si denunciaba violencia de género. El proceso quedaba paralizado automáticamente hasta que el proceso judicial se diese por concluido.

Si había una condena, la denunciante regularizaba su situación y se le otorgaban todas las ayudas previstas para víctimas de violencia de género: prestaciones económicas, acceso a un trabajo o a una solución habitacional.  Pero todo eso también se le reconocía a la denunciante en caso de que el autor de los malos tratos, su pareja, hubiese sido expulsado del país o estuviese en paradero desconocido.

Ahora, la norma se ha modificado para añadir, tras «víctimas de violencia de género», la expresión «víctimas de violencias sexuales». Ese permiso «no se resolverá hasta que concluya el procedimiento penal». Una modificación a la que han prestado especial atención en la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones, dependiente de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional.

Fuentes policiales explican que esta modificación podría provocar un aumento de denuncias falsas de manera muy importante. En el caso de la violencia de género, si una mujer inmigrante con orden de expulsión denunciaba a su marido falsamente por malos tratos, obtenía los papeles, pero supondría poner en apuros legales a su cónyuge.

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